Agencia de Seguros Exclusiva de Sanitas S.A. de Seguros con Número de Autorización de la DGSFP: C0320B64503477

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Seguro de Decesos Sanitas

Alivia la carga económica y emocional de los seres queridos en un momento difícil.

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¿Qué coberturas tiene un seguro de Decesos Sanitas?

Un seguro de decesos debe cubrir los conceptos y gastos imprescindibles que se precisan tras un fallecimiento como el servicio funerario obligatorio estándar que incluye el féretro, el tratamiento higiénico, estético y sanitario del difunto, una sala de tanatorio y/o velatorio, el traslado del féretro, el servicio de despedida, el coste del cementerio o de la incineración, coronas de flores, así como la gestión de los documentos de defunción. Una vez cubiertos estos mínimos, se pueden contratar otros servicios extra y de personalización.  

Además, en Sanitas nuestra cobertura también presta apoyo en una situación tan difícil como es la muerte para que puedas acompañar a tu familia en unos momentos tan delicados y que sean profesionales expertos quienes se ocupen de los trámites administrativos.

Nuestro seguro de decesos, además de cubrir todas las necesidades que se precisan por el fallecimiento, te servirá de apoyo en el día a día. Son coberturas opcionales que podrás disfrutar en vida y que cubren necesidades de diferentes etapas y situaciones:

  • Accidentes. 
  • Protección jurídica.  
  • Asistencia en viaje.  
  • Repatriación para el caso de los asegurados extranjeros residentes en España.
seguros de decesos

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¿Tienes dudas sobre qué seguro elegir o necesitas un certificado para tu visado o residencia? Estamos aquí para ayudarte.

Nuestro equipo te ofrece atención personalizada en español, inglés y ruso. Resolvemos tus dudas, te asesoramos en la elección del plan y gestionamos tu alta en minutos, sin complicaciones.

Elige el plan que mejor se adapta a tus necesidades y disfruta de la tranquilidad de estar cubierto por la compañía líder en salud privada en España.

¿Qué es mejor un seguro de vida o un seguro de decesos?

Son seguros completamente diferentes y que cubren necesidades distintas. El seguro de vida ofrece un capital para la familia en caso de fallecimiento y para el Tomador en caso de invalidez.

En ambos casos, permiten anticiparnos y cuidar del bienestar de nuestros familiares y allegados, garantizando su tranquilidad para afrontar los delicados momentos tras nuestra muerte. 

El seguro de decesos cubre todos los servicios que son precisos prestar tras la muerte de un asegurado (asistencia psicológica, estancia en el tanatorio, incineración, inhumación, traslados en coche fúnebre, coronas de flores, etc.) y, además, ofrece una serie de garantías complementarias que pueden utilizarse en vida y que ofrecen una protección integral a la familia, tales como la defensa jurídica, la asistencia en viaje o la repatriación para el caso de los asegurados extranjeros residentes en España.

En el caso del seguro de vida la aseguradora abonará una compensación económica a los beneficiarios ante circunstancias tan complejas como una enfermedad grave, una incapacidad absoluta o la muerte. Permite blindar el bienestar, la seguridad financiera y tranquilidad de los beneficiarios. Sirve para anticiparnos a cualquier imprevisto que trunque nuestros planes de vida.

Los dos seguros, de vida y de decesos, se activan tras el fallecimiento, pero su finalidad es distinta y ambos son compatibles.

¿Cuándo es mejor contratar un seguro de decesos?

Lo ideal es contratarlo al emanciparse y, desde luego, es un esencial cuando se forma una familia para dejarla protegida ante cualquier contingencia.

Incluso, hay una opción de contratación para mayores de 75 años para los casos en los que no se hubiera contratado antes. Se trata del seguro de decesos senior que, además, no tiene carencias ni preexistencias. Permite contratarlo incluso padeciendo una enfermedad grave

En el caso de los extranjeros residentes en España, lo ideal es contratar la póliza desde el momento que se disponga de NIF / tarjeta de residencia.

¿Puedo contratar un seguro de decesos si estoy enfermo?

Depende de la enfermedad y de la gravedad de la misma. Podríamos decir que, salvo en caso de padecer una enfermedad grave, se puede contratar este seguro.

Para la modalidad del producto senior para mayores de 75 años, se puede contratar incluso padeciendo una enfermedad grave.

¿Puedo contratar un seguro de decesos si estoy enfermo?

Depende de la enfermedad y de la gravedad de la misma. Podríamos decir que, salvo en caso de padecer una enfermedad grave, se puede contratar este seguro.

Para la modalidad del producto senior para mayores de 75 años, se puede contratar incluso padeciendo una enfermedad grave.

¿Cuánto cuesta un seguro de decesos?

El precio dependerá de los siguientes factores:

  • Edad del asegurado: la persona paga más cuanta más edad tenga puesto que el riesgo aumenta con los años. 
  • Condiciones de salud del asegurado.
  • Capital asegurado: la cobertura que se desea para los servicios funerarios. 
  • Lugar de residencia, ya que los costos funerarios varían según la geografía española, habiendo importantes diferencias entre capitales de provincia, ciudades, pueblos… Hay ciudades donde se pagan unos 6.000€ por un sepelio básico, mientras que en otros se paga 2.500€ por el mismo.
  • Tipo de cobertura: básica o con servicios extra como pueden ser servicio de catering, grupo musical, proyección audiovisual…
  • Tipo de prima del seguro contratado: natural, mixta o única